Aduanero

Contrato con Agente de Aduanas

Ley aplicable: COPCI Arts. 229–232, Código de Comercio ecuatorianoActualizado: marzo de 2026

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON AGENTE DE ADUANAS

Ciudad de ________, __ de __________ de 20


IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO

  • Tipo de documento: Contrato de Prestación de Servicios de Agenciamiento Aduanero
  • Número de contrato: __________
  • Lugar y fecha: ________, __ de __________ de 20

COMPARECIENTES

EL AGENTE DE ADUANAS:

__________ (Nombre / Razón Social), de nacionalidad ecuatoriana / , con RUC No. __________, con domicilio en ****, debidamente autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) mediante Licencia de Agente de Aduanas No. __________, representado en este acto por __________ (Representante Legal), portador de la cédula de ciudadanía No. __________, en su calidad de Gerente General / Representante Legal, conforme al nombramiento inscrito en el Registro Mercantil del Cantón __________ el __ de __________ de 20__; a quien en adelante se denominará "EL AGENTE".

EL CLIENTE (IMPORTADOR / EXPORTADOR):

__________ (Nombre / Razón Social), de nacionalidad ecuatoriana / , con RUC / Cédula No. __________, con domicilio en ****, representado/a en este acto por __________ (si es persona jurídica), portador de la cédula de ciudadanía No. __________, en su calidad de Representante Legal; a quien en adelante se denominará "EL CLIENTE".

Las partes comparecientes son mayores de edad, legalmente capaces para contratar y obligarse, y suscriben el presente contrato de forma libre y voluntaria, sin que medie vicio alguno del consentimiento.


DECLARACIONES PREVIAS

PRIMERA. — Habilitación del Agente

EL AGENTE declara encontrarse debidamente habilitado por el SENAE para ejercer las actividades de agenciamiento aduanero, conforme a la Licencia No. __________, vigente hasta el __________, en los términos del Art. 229 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI).

SEGUNDA. — Actividad del Cliente

EL CLIENTE declara ser importador / exportador habitual / ocasional de mercancías, con actividad económica principal de __________, y que requiere los servicios profesionales de agenciamiento aduanero para la gestión de sus operaciones de comercio exterior.


CLÁUSULAS CONTRACTUALES

CLÁUSULA PRIMERA. — OBJETO DEL CONTRATO

EL AGENTE se obliga a prestar a EL CLIENTE los siguientes servicios de agenciamiento aduanero, en su nombre y representación, ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y demás organismos competentes:

a) Asesoría en clasificación arancelaria de mercancías, conforme al Sistema Armonizado (NANDINA).

b) Elaboración y transmisión electrónica de Declaraciones Aduaneras de Importación (DAI) y/o Exportación (DAE) al sistema informático del SENAE.

c) Gestión del levante y retiro de mercancías en los puertos, aeropuertos o recintos aduaneros del país.

d) Trámite de documentos de transporte, certificados de origen, licencias y permisos previos ante los organismos de control competentes (AGROCALIDAD, ARCSA, INEN, Ministerio de Comercio Exterior, etc.).

e) Representación de EL CLIENTE ante el SENAE en procedimientos de aforo, reliquidación y reclamos administrativos.

f) Asesoría en materia de regímenes aduaneros especiales: admisión temporal, devolución condicionada (drawback), depósito aduanero y otros aplicables.

g) Otros servicios específicos: __________

Los servicios se prestarán respecto de las siguientes operaciones de comercio exterior:

  • Tipo de operación: __________ (importación / exportación / ambas)
  • Descripción general de las mercancías: __________
  • Puerto / Aeropuerto de operación: __________
  • Periodicidad estimada: __________

CLÁUSULA SEGUNDA. — OBLIGACIONES DEL AGENTE

EL AGENTE se obliga a:

  1. Representar legalmente a EL CLIENTE ante el SENAE y demás entidades de control en todos los trámites derivados del presente contrato.
  2. Presentar las declaraciones aduaneras de forma oportuna, correcta y conforme a la documentación proporcionada por EL CLIENTE.
  3. Mantener la confidencialidad de la información comercial y aduanera de EL CLIENTE.
  4. Comunicar oportunamente a EL CLIENTE cualquier observación, retención, aforo físico o requerimiento del SENAE.
  5. Conservar copia de todos los documentos relativos a las operaciones tramitadas, por el plazo mínimo de cinco (5) años, conforme al Art. 231 del COPCI.
  6. Actuar con diligencia, pericia y honestidad profesional, conforme al Código de Ética de la Federación de Agentes de Aduanas del Ecuador (FEDAGREP).
  7. Mantenerse al día en sus obligaciones con el SENAE y renovar oportunamente su licencia de funcionamiento.

CLÁUSULA TERCERA. — OBLIGACIONES DEL CLIENTE

EL CLIENTE se obliga a:

  1. Proporcionar a EL AGENTE, con la debida anticipación, toda la documentación necesaria para la gestión de cada operación aduanera: factura comercial, lista de empaque, documento de transporte, certificados de origen, permisos previos y demás documentos exigibles.
  2. Verificar que la documentación entregada sea veraz, completa y concordante con la mercancía real.
  3. Pagar oportunamente los tributos aduaneros, aranceles, tasas y demás valores determinados por el SENAE.
  4. Pagar los honorarios de EL AGENTE en la forma y plazos convenidos.
  5. Informar previamente a EL AGENTE sobre cualquier cambio en las condiciones de la operación (modificación de la mercancía, valor, cantidad, proveedor, etc.).
  6. Responder civil y penalmente por la veracidad de la información y documentación suministrada.

CLÁUSULA CUARTA. — HONORARIOS Y FORMA DE PAGO

EL CLIENTE cancelará a EL AGENTE los siguientes honorarios por los servicios prestados:

| Servicio | Valor (USD) | |---|---| | Trámite de importación / exportación (DAI/DAE) | __________ por despacho | | Gestión de aforo físico | __________ | | Trámite de régimen especial | __________ | | Gestión ante organismos de control (por trámite) | __________ | | Asesoría arancelaria (por hora) | __________ | | Otros servicios: __________ | __________ |

Los honorarios no incluyen el valor de los tributos aduaneros, tasas portuarias, almacenaje, fletes, seguros ni gastos de terceros, que serán asumidos íntegramente por EL CLIENTE.

Forma de pago: Los honorarios serán cancelados mediante __________ (transferencia bancaria / cheque / efectivo), dentro de los __________ días siguientes a la presentación de la factura correspondiente. Los pagos a terceros (tributos, tasas) deberán ser anticipados por EL CLIENTE o reembolsados a EL AGENTE dentro de __________ días de presentada la liquidación.

CLÁUSULA QUINTA. — RESPONSABILIDAD DEL AGENTE

EL AGENTE responderá solidariamente con EL CLIENTE ante el SENAE por las infracciones aduaneras derivadas de inexactitudes en las declaraciones que hubiere presentado, en los términos del Art. 229 del COPCI, siempre que dichas inexactitudes sean atribuibles al Agente. No responderá EL AGENTE por las infracciones derivadas de información falsa o incompleta proporcionada por EL CLIENTE.

EL AGENTE mantendrá vigente durante la duración del presente contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil profesional No. __________, emitida por , por un monto de **USD $**.

CLÁUSULA SEXTA. — PODER DE REPRESENTACIÓN

Con la firma del presente contrato, EL CLIENTE otorga a EL AGENTE poder de representación suficiente para todos los trámites aduaneros indicados en la Cláusula Primera, en los términos del Art. 229 del COPCI. Las actuaciones del Agente en ejercicio de este poder obligan directamente a EL CLIENTE ante el SENAE y terceros.

CLÁUSULA SÉPTIMA. — PLAZO

El presente contrato tendrá una duración de __________ (meses / años), contados a partir de su suscripción, con posibilidad de renovación automática por períodos iguales, salvo notificación escrita en contrario por cualquiera de las partes con __________ días de anticipación.

CLÁUSULA OCTAVA. — CAUSAS DE TERMINACIÓN

El presente contrato podrá darse por terminado por:

a) Mutuo acuerdo de las partes, expresado por escrito. b) Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones pactadas, previa notificación escrita y plazo de __________ días para subsanar. c) Revocación o suspensión de la licencia de EL AGENTE por parte del SENAE. d) Disolución o quiebra de cualquiera de las partes. e) Vencimiento del plazo sin renovación.

CLÁUSULA NOVENA. — CONFIDENCIALIDAD

EL AGENTE se obliga a guardar estricta confidencialidad sobre la información comercial, financiera y operativa de EL CLIENTE, bajo pena de responder por los daños y perjuicios que su divulgación pudiere ocasionar. Esta obligación subsistirá por dos (2) años después de la terminación del contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA. — SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las controversias derivadas de la celebración, interpretación o ejecución del presente contrato serán resueltas preferentemente por mediación, ante el Centro de Mediación de __________, en un plazo de __________ días. De no llegarse a un acuerdo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces competentes del cantón __________, conforme al Código Orgánico General de Procesos (COGEP).

CLÁUSULA UNDÉCIMA. — NORMATIVA APLICABLE

El presente contrato se rige por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), Arts. 229 al 232, el Código de Comercio ecuatoriano, el Código Civil, y las demás disposiciones legales aplicables en la República del Ecuador.

CLÁUSULA DUODÉCIMA. — ACEPTACIÓN

Las partes declaran conocer y aceptar íntegramente el contenido del presente contrato, el cual expresa su libre y voluntaria voluntad, sin que medie error, dolo, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento.


FIRMAS

En la ciudad de ________, el __ de __________ de 20, las partes suscriben el presente contrato en dos (2) ejemplares del mismo tenor y valor.

 

| | | |---|---| | EL AGENTE DE ADUANAS | EL CLIENTE | | __________________________ | __________________________ | | Nombre: __________________ | Nombre: __________________ | | RUC: ______________________ | RUC / CI: _________________ | | Licencia SENAE No.: _______ | Cargo: ____________________ |

 

Testigo 1:

Nombre: __________________________ CI: __________________________ Firma: __________________________

Testigo 2:

Nombre: __________________________ CI: __________________________ Firma: __________________________


Plantilla elaborada conforme al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), Arts. 229–232, y el Código de Comercio ecuatoriano. Actualizada a marzo de 2026. Para uso orientativo; consulte con un profesional del derecho para su caso específico.