Contrato de Distribución Comercial
CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN COMERCIAL
En la ciudad de ________, República del Ecuador, a los __ días del mes de __________ de 20.
Comparecen a la celebración del presente Contrato de Distribución Comercial:
EL PROVEEDOR / PRODUCTOR: __________, con RUC No. __________, debidamente representada por el/la señor/a __________, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, en su calidad de __________, con domicilio en __________, a quien en adelante se denominará "EL PROVEEDOR".
EL DISTRIBUIDOR: __________, con RUC / C.I. No. __________, debidamente representada por el/la señor/a __________, portador/a de la cédula de ciudadanía No. __________, en su calidad de __________, con domicilio en __________, a quien en adelante se denominará "EL DISTRIBUIDOR".
Ambas partes, capaces para contratar y obligarse, acuerdan celebrar el presente Contrato de Distribución Comercial de conformidad con el Código de Comercio del Ecuador, el Código Civil y demás normas aplicables, al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
EL PROVEEDOR designa a EL DISTRIBUIDOR como distribuidor (no) exclusivo de los siguientes productos en el territorio indicado en la Cláusula Segunda:
| Código / Ref. | Descripción del Producto | Unidad | |--------------|--------------------------|--------| | __________ | __________ | __________ | | __________ | __________ | __________ |
EL DISTRIBUIDOR adquirirá los productos de EL PROVEEDOR en firme, a su propio riesgo, y los comercializará en su propio nombre y por su propia cuenta, asumiendo el riesgo de crédito frente a sus clientes.
CLÁUSULA SEGUNDA: TERRITORIO
La distribución objeto del presente contrato se realizará exclusivamente en el siguiente territorio: __________ (ciudad / provincia / región / nacional).
EL DISTRIBUIDOR se compromete a no distribuir los productos fuera de dicho territorio sin autorización escrita previa de EL PROVEEDOR. La exclusividad territorial (si aplica) implica que EL PROVEEDOR no designará otros distribuidores ni venderá directamente en el mismo territorio durante la vigencia del contrato, salvo para ventas a grandes cuentas nacionales acordadas previamente.
CLÁUSULA TERCERA: PRECIOS, CONDICIONES DE VENTA Y DESCUENTOS
3.1 Precios: EL PROVEEDOR venderá los productos a EL DISTRIBUIDOR conforme a la lista de precios vigente al momento de cada pedido. EL PROVEEDOR notificará con __________ días de anticipación cualquier modificación en los precios.
3.2 Condiciones de Pago: EL DISTRIBUIDOR pagará las facturas emitidas por EL PROVEEDOR en un plazo de __________ días desde la fecha de factura, mediante __________.
3.3 Descuentos: EL PROVEEDOR otorgará a EL DISTRIBUIDOR un descuento del __% sobre el precio de lista, más los siguientes bonos o incentivos: __________.
3.4 Facturación e Impuestos: Toda facturación se realizará con los comprobantes de venta autorizados por el Servicio de Rentas Internas (SRI), con el IVA vigente conforme a la Ley de Régimen Tributario Interno.
CLÁUSULA CUARTA: PEDIDOS, ENTREGA Y TRANSPORTE
EL DISTRIBUIDOR realizará sus pedidos mediante __________ con un plazo mínimo de __________ días de anticipación. EL PROVEEDOR se compromete a entregar los productos en __________ (bodega del distribuidor / lugar acordado) dentro de __________ días hábiles desde la confirmación del pedido.
Los costos de transporte y seguro correrán por cuenta de __________ (EL PROVEEDOR / EL DISTRIBUIDOR). El riesgo de pérdida o daño de los productos se transfiere a EL DISTRIBUIDOR al momento de __________.
CLÁUSULA QUINTA: METAS Y VOLÚMENES MÍNIMOS
EL DISTRIBUIDOR se compromete a adquirir un volumen mínimo anual de USD $__________ / __________ unidades de productos de EL PROVEEDOR. El incumplimiento de los volúmenes mínimos por dos períodos consecutivos facultará a EL PROVEEDOR a revocar la exclusividad territorial o dar por terminado el contrato, previo aviso de __________ días.
Las metas por período serán las siguientes:
| Período | Meta de Ventas / Volumen | |---------|--------------------------| | Año 1 | __________ | | Año 2 | __________ | | Año 3 | __________ |
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DEL DISTRIBUIDOR
EL DISTRIBUIDOR se obliga a:
a) Adquirir los productos únicamente de EL PROVEEDOR, salvo autorización escrita en contrario; b) Almacenar, manipular y conservar los productos conforme a las instrucciones de EL PROVEEDOR; c) Contar con la infraestructura logística y comercial necesaria para una distribución eficiente; d) Abstenerse de distribuir productos de la competencia que sean directamente competitivos con los de EL PROVEEDOR (si aplica); e) Reportar mensualmente a EL PROVEEDOR el inventario, ventas realizadas y situación de cobranza; f) Cumplir con toda la normativa legal vigente, incluyendo permisos sanitarios del ARCSA y registros correspondientes; g) No alterar, modificar ni retirar las marcas, etiquetas o registros sanitarios de los productos.
CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
EL PROVEEDOR se obliga a:
a) Suministrar los productos en las cantidades, calidades y plazos pactados; b) Garantizar que los productos cuentan con los registros y autorizaciones legales requeridos en Ecuador; c) Otorgar a EL DISTRIBUIDOR soporte técnico, material publicitario y capacitación comercial; d) Mantener estándares de calidad consistentes en todos los productos suministrados; e) Notificar oportunamente cualquier cambio en los productos, precios, empaques o condiciones comerciales.
CLÁUSULA OCTAVA: PROPIEDAD INTELECTUAL Y MARCAS
EL DISTRIBUIDOR está autorizado a usar las marcas, logos y material publicitario de EL PROVEEDOR únicamente para la promoción y venta de los productos en el territorio asignado. Este uso no implica cesión de derechos de propiedad intelectual. EL DISTRIBUIDOR no podrá registrar a su nombre ningún elemento de propiedad intelectual de EL PROVEEDOR, conforme a la Ley Orgánica de Economía Social del Conocimiento.
CLÁUSULA NOVENA: VIGENCIA Y TERMINACIÓN
El presente contrato tendrá una vigencia de __________ años a partir de su firma. Al vencimiento, podrá renovarse automáticamente por períodos iguales, salvo comunicación de no renovación con __________ días de anticipación.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado anticipadamente el contrato con aviso previo de __________ días, o de manera inmediata en caso de incumplimiento grave, insolvencia o quiebra de la otra parte.
CLÁUSULA DÉCIMA: INDEPENDENCIA DE LAS PARTES
Las partes son comerciantes independientes. EL DISTRIBUIDOR actúa por su propia cuenta y riesgo. Nada en este contrato crea una relación laboral, societaria, de agencia ni de representación entre las partes. EL DISTRIBUIDOR es responsable de sus propios empleados y obligaciones ante el IESS y demás entidades públicas.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por las leyes de la República del Ecuador, en particular el Código de Comercio, el Código Civil y la Ley de Defensa del Consumidor. Las controversias se resolverán mediante mediación ante el Centro de __________ y, de no llegarse a acuerdo, mediante arbitraje en derecho ante el Centro de Arbitraje de __________.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN
Las partes declaran haber leído el presente contrato, comprender su alcance y consecuencias, y firmarlo en señal de plena aceptación, en dos ejemplares de igual tenor y valor.
EL PROVEEDOR:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I. / RUC: __________________________
Cargo: __________________________
EL DISTRIBUIDOR:
Firma: __________________________
Nombre: __________________________
C.I. / RUC: __________________________
Cargo: __________________________