Civil

Contrato de Donación

Ley aplicable: Código Civil Ecuatoriano, Arts. 1402-1453Actualizado: marzo de 2026

CONTRATO DE DONACIÓN

En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.

ANTE MÍ, __________, Notario/a Público/a del cantón __________, provincia de __________ [o: En la ciudad de __________, ante testigos], comparecen: De una parte, EL/LA DONANTE, señor/a __________, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, con cédula de identidad No. __________, de estado civil __________, con domicilio en __________, provincia de __________, a quien en adelante se le denominará "EL DONANTE"; y, de otra parte, EL/LA DONATARIO/A, señor/a __________, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, con cédula de identidad No. __________, con domicilio en __________, provincia de __________, a quien en adelante se le denominará "EL DONATARIO".

Las partes, mayores de edad y capaces para contratar, libre y voluntariamente celebran el presente Contrato de Donación, de conformidad con los Arts. 1402 al 1453 del Código Civil Ecuatoriano, en los términos siguientes:


CLÁUSULA PRIMERA: DEL BIEN DONADO

El Donante transfiere a título de donación gratuita e irrevocable al Donatario, quien acepta, el siguiente bien:

[Para bienes inmuebles:]

  • Descripción: Inmueble consistente en __________, ubicado en __________, calle __________, parroquia __________, cantón __________, provincia de __________.
  • Área: __________ metros cuadrados.
  • Linderos: Norte: __________; Sur: __________; Este: __________; Oeste: __________.
  • Inscripción registral: Inscrito en el Registro de la Propiedad del cantón __________, bajo la Partida No. __________, Tomo __, Folio , el __ de __________ de 20.
  • Avalúo catastral: USD $__________.

[Para bienes muebles:]

  • Descripción: __________
  • Características: __________
  • Valor comercial estimado: USD $__________.

[Para dinero en efectivo:]

  • Monto: USD $__________ (__________ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

CLÁUSULA SEGUNDA: GRATUIDAD E IRREVOCABILIDAD

La presente donación es gratuita, pura y simple, no sujeta a condición, modo ni plazo, por lo que el Donante no recibe ni recibirá contraprestación alguna del Donatario. La donación es irrevocable salvo en los casos expresamente previstos en la ley, de conformidad con el Art. 1441 del Código Civil Ecuatoriano.


CLÁUSULA TERCERA: VALOR DE LA DONACIÓN Y REQUISITOS FORMALES

El valor total de los bienes donados asciende a USD $__________ (__________ DÓLARES). Las partes declaran conocer que:

  1. Conforme al Art. 1417 del Código Civil, la donación de bienes inmuebles debe otorgarse por escritura pública.
  2. Conforme al Art. 1419 del Código Civil, la donación de bienes cuyo valor excede de USD $1.500,00 requiere insinuación judicial o notarial previa.
  3. [Si aplica] La insinuación fue concedida por el señor/a Juez de lo Civil / Notario de ________, mediante auto de __ de __________ de 20, expediente No. __________.

CLÁUSULA CUARTA: ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN

El Donatario acepta expresa y formalmente la presente donación, dando gracias al Donante por la liberalidad, conforme al Art. 1403 del Código Civil, que establece que la donación no se perfecciona sino con la aceptación del donatario. La aceptación se verifica en este mismo acto, ante el Notario autorizante.


CLÁUSULA QUINTA: DONACIÓN CON CARGO O CONDICIÓN (si aplica)

[Eliminar si la donación es pura y simple]

La presente donación está sujeta al siguiente cargo o condición que el Donatario acepta cumplir:


El incumplimiento de dicho cargo por parte del Donatario dará derecho al Donante o sus herederos a solicitar la resolución de la donación, con devolución del bien donado, de conformidad con el Art. 1430 del Código Civil.


CLÁUSULA SEXTA: RESERVA DE USUFRUCTO (si aplica)

[Eliminar si no aplica]

El Donante se reserva para sí el usufructo vitalicio del bien donado, de conformidad con el Art. 1426 del Código Civil, el cual se extinguirá únicamente con su fallecimiento. Durante el período del usufructo, el Donatario tendrá la nuda propiedad del bien, y el Donante tendrá el derecho de uso y goce del mismo.


CLÁUSULA SÉPTIMA: SANEAMIENTO

El Donante garantiza al Donatario que el bien donado se encuentra libre de todo gravamen, hipoteca, prohibición de enajenar, demanda, embargo, o limitación al dominio. En caso de evicción, el Donante responderá únicamente cuando la donación hubiera sido hecha con cargos, y solo hasta la concurrencia del valor de dichos cargos, de conformidad con el Art. 1436 del Código Civil.


CLÁUSULA OCTAVA: CAUSALES DE REVOCACIÓN

La presente donación podrá ser revocada por el Donante en los siguientes casos, de conformidad con los Arts. 1441 y siguientes del Código Civil:

  1. Por ingratitud: Cuando el Donatario cometiere contra el Donante algún hecho tipificado como causal de desheredamiento, de conformidad con el Art. 1201 del Código Civil.
  2. Por incumplimiento de cargos: Cuando el Donatario incumpla los cargos impuestos en la donación.
  3. Por superveniencia o supervivencia de hijos: Conforme al Art. 1447 del Código Civil, si el Donante no tenía hijos al momento de la donación y posteriormente los tuviere.

CLÁUSULA NOVENA: OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

El Donatario declara conocer y se compromete a cumplir con las obligaciones tributarias que le correspondan con motivo de la presente donación, incluyendo el Impuesto a la Herencia, Legados y Donaciones establecido en la Ley de Régimen Tributario Interno, a ser declarado y pagado al Servicio de Rentas Internas (SRI) dentro de los plazos legales.


CLÁUSULA DÉCIMA: GASTOS E IMPUESTOS

Los gastos notariales, de registro de la propiedad, avalúos, impuestos de alcabala y demás costos derivados de la formalización e inscripción de la presente donación serán de cargo del [Donante / Donatario / ambas partes en proporción equitativa], salvo acuerdo en contrario.


CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

[Para bienes inmuebles] El Donante autoriza y se obliga a colaborar para que la presente escritura de donación sea inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón __________, a fin de que la transferencia de dominio sea oponible a terceros.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN FINAL

El Donante ratifica su decisión libre y voluntaria de donar, sin que medie vicio alguno del consentimiento, y el Donatario acepta la donación en todos sus términos. El presente instrumento se suscribe en dos ejemplares de igual tenor y valor.


EL DONANTE:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I.: __________________________

 

EL DONATARIO:

Firma: __________________________

Nombre: __________________________

C.I.: __________________________

 

NOTARIO/A PÚBLICO/A:

Firma y Sello: __________________________

Nombre: __________________________

Notaría No.: __________ del cantón __________

Protocolo No.: __________