Minero

Contrato de Servicios Petroleros

Ley aplicable: Ley de Hidrocarburos del Ecuador, Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas (RAOH), Código de TrabajoActualizado: marzo de 2026

CONTRATO DE SERVICIOS PETROLEROS

En la ciudad de ________, a los __ días del mes de __________ de 20.

Comparecen a la celebración del presente contrato de servicios petroleros:

CONTRATANTE: __________ (Nombre / Razón Social), con RUC No. __________, con domicilio en __________, representada/o legalmente por __________, en calidad de __________ (Gerente General / Representante Legal / apoderado), conforme al nombramiento inscrito en el Registro Mercantil bajo el No. __________, a quien en adelante se denominará "LA CONTRATANTE".

EMPRESA DE SERVICIOS PETROLEROS (ESP): __________ (Nombre / Razón Social), con RUC / registro extranjero No. __________, con domicilio en __________, representada/o legalmente por __________, en calidad de __________, debidamente calificada ante la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR) bajo el registro No. __________, a quien en adelante se denominará "LA ESP".

Los comparecientes, capaces para contratar y obligarse, libre y voluntariamente, convienen en celebrar el presente contrato de servicios petroleros, sujeto a las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos del Ecuador, su Reglamento y demás normas aplicables, conforme a las siguientes cláusulas:


CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

LA CONTRATANTE es titular de los derechos de exploración y/o explotación de hidrocarburos en el Bloque/Campo Petrolero No./denominado "__________", ubicado en la provincia de __________, conforme al contrato de servicios/concesión suscrito con el Estado ecuatoriano el __ de __________ de 20__, que cubre una superficie de __________ hectáreas.

Para el desarrollo de sus actividades, LA CONTRATANTE requiere contratar los servicios técnicos especializados de LA ESP, quien cuenta con la experiencia, personal calificado y equipos necesarios para la prestación del servicio objeto del presente contrato.


CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO

LA ESP se obliga a prestar a LA CONTRATANTE los siguientes servicios petroleros especializados:

Perforación de pozos: Perforación del/los pozo(s) __________ (denominación), hasta una profundidad de __________ pies/metros, en el área __________;

Workover y reacondicionamiento: Servicios de workover y reacondicionamiento del pozo __________;

Servicios de registros eléctricos (wireline): Registros de pozo tipo __________ (gamma ray / densidad / neutrónico / sónico / resistividad / otro);

Cementación de pozos: Cementación primaria/secundaria del pozo __________;

Estimulación de formaciones: Acidificación / fracturamiento hidráulico del pozo __________;

Levantamiento artificial: Instalación y operación de sistema de __________ (bombeo mecánico / bombeo electrosumergible / gas lift);

Transporte de crudo: Transporte de __________ barriles diarios de petróleo desde __________ hasta __________;

Otros servicios: __________ (describir detalladamente).


CLÁUSULA TERCERA: PLAZO

El presente contrato tendrá una duración de __________ días / meses / años, contado a partir de la Fecha de Inicio Efectivo de Operaciones (FIEO), la cual será comunicada por LA CONTRATANTE a LA ESP con al menos __________ días de anticipación.

El plazo podrá ser prorrogado mediante acuerdo escrito de las partes, aprobado con al menos __________ días de anticipación al vencimiento.


CLÁUSULA CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO

El precio total pactado por los servicios objeto del presente contrato es de:

Modalidad de precios:

Precio alzado: USD $__________ (__________ dólares) por el servicio completo;

Precio unitario: USD $__________ por __________ (metro perforado / barril transportado / hora-máquina / jornada / otro);

Tarifa diaria: USD $__________ por día efectivo de trabajo;

Combinación: __________ (describir la fórmula de precio mixto).

Estimación total del contrato: USD $__________ (monto referencial sujeto a variación conforme a la escala de precios acordada).

Forma de pago:

  • Anticipo: USD $__________ (__________ %) a la suscripción del contrato, previa presentación de garantía bancaria de fiel cumplimiento equivalente al anticipo;
  • Pagos parciales: __________ % del avance verificado, dentro de los __________ días siguientes a la aprobación de la planilla correspondiente;
  • Liquidación final: Saldo restante a la entrega del informe final y aceptación de los servicios por parte de LA CONTRATANTE.

CLÁUSULA QUINTA: GARANTÍAS

LA ESP se obliga a presentar las siguientes garantías:

a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato: equivalente al 10 % del valor total del contrato, mediante póliza de seguro emitida por una compañía autorizada por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros del Ecuador;

b) Garantía por anticipo: Equivalente al 100 % del anticipo recibido, mediante póliza de seguro o garantía bancaria;

c) Póliza de responsabilidad civil: Por un monto mínimo de USD $__________, que cubra los daños a terceros derivados de las operaciones;

d) Póliza de seguro de maquinaria y equipos: Por el valor de reposición de los equipos utilizados.


CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES AMBIENTALES Y HSEQ

LA ESP se obliga a:

a) Cumplir con las normas ambientales vigentes establecidas en el Acuerdo Ministerial No. 061 del MAATE (Reforma al Libro VI del TULAS) y el Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas (RAOH);

b) Implementar el Plan de Manejo Ambiental (PMA) aprobado para las operaciones;

c) Cumplir con las normas HSEQ (Health, Safety, Environment & Quality) de LA CONTRATANTE;

d) Reportar inmediatamente cualquier derrame, incidente o accidente y ejecutar las acciones de respuesta de emergencia conforme al plan aprobado;

e) Garantizar que todo el personal cuente con los equipos de protección personal (EPP) requeridos y haya completado la inducción de seguridad;

f) Llevar el registro de incidentes, accidentes e indicadores HSEQ y reportarlos a LA CONTRATANTE con periodicidad __________.


CLÁUSULA SÉPTIMA: PERSONAL Y EQUIPOS

LA ESP se obliga a contar, durante la ejecución del contrato, con el siguiente personal técnico calificado y equipos:

Personal mínimo requerido:

| Cargo | Cantidad | Experiencia mínima | Certificaciones | |---|---|---|---| | __________ | __ | __ años | __________ | | __________ | __ | __ años | __________ | | __________ | __ | __ años | __________ |

Equipos principales:

| Descripción del equipo | Marca/Modelo | Capacidad | Estado | |---|---|---|---| | __________ | __________ | __________ | __________ | | __________ | __________ | __________ | __________ |


CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES LABORALES

LA ESP es el único empleador del personal que designe para prestar los servicios, siendo responsable de todos los derechos y obligaciones laborales conforme al Código de Trabajo ecuatoriano, incluyendo afiliación al IESS, pago de beneficios sociales, horas extras, y demás derechos laborales. No existe relación laboral alguna entre el personal de LA ESP y LA CONTRATANTE.


CLÁUSULA NOVENA: PROPIEDAD DE LOS DATOS E INFORMACIÓN

Toda la información técnica, datos sísmicos, registros de pozos y demás datos generados durante la prestación de los servicios son de propiedad exclusiva de LA CONTRATANTE. LA ESP se obliga a mantener absoluta confidencialidad sobre dicha información y a no divulgarla a terceros sin autorización escrita de LA CONTRATANTE, durante la vigencia del contrato y por cinco (5) años posteriores a su terminación.


CLÁUSULA DÉCIMA: PENALIDADES

El incumplimiento en los plazos de ejecución por causas imputables a LA ESP generará una penalidad de USD $__________ por día de retraso, hasta un máximo del __________ % del valor total del contrato. El incumplimiento en el pago de planillas por causas imputables a LA CONTRATANTE generará intereses de mora a la tasa activa referencial máxima del Banco Central del Ecuador.


CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: TERMINACIÓN

El contrato podrá terminarse anticipadamente por:

a) Mutuo acuerdo escrito de las partes; b) Incumplimiento grave de las obligaciones de cualquiera de las partes, previa notificación y plazo de quince (15) días para subsanar; c) Caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite la ejecución por más de __________ días; d) Declaratoria de quiebra o insolvencia de cualquiera de las partes; e) Resolución gubernamental que afecte las operaciones del Bloque/Campo petrolero.


CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las controversias que no puedan resolverse de manera directa serán sometidas a Arbitraje Internacional ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) con sede en __________, con aplicación del derecho ecuatoriano como ley sustantiva.


CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: ACEPTACIÓN

Las partes declaran haber leído y aceptado el presente contrato. Firman en tres (3) ejemplares de igual tenor y valor.

 


LA CONTRATANTE:

Firma: __________________________

Nombre / Razón Social: __________________________

RUC: __________________________

Representante Legal: __________________________

 

LA EMPRESA DE SERVICIOS PETROLEROS (ESP):

Firma: __________________________

Nombre / Razón Social: __________________________

RUC / Registro: __________________________

Representante Legal: __________________________

 

Contrato celebrado conforme a la Ley de Hidrocarburos del Ecuador (R.O. Suplemento No. 711, 15 de noviembre de 1978, y sus reformas), el Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas (RAOH) y demás normas aplicables.