Impugnación de Acta de Determinación Tributaria
IMPUGNACIÓN DE ACTA DE DETERMINACIÓN TRIBUTARIA
Ciudad de ________, __ de __________ de 20
SEÑOR DIRECTOR PROVINCIAL / DIRECTOR GENERAL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Regional __________ Presente.-
DATOS DEL CONTRIBUYENTE IMPUGNANTE
Nombre / Razón Social: __________
RUC / Cédula de Ciudadanía No.: __________
Actividad económica / CIIU: __________
Dirección del domicilio tributario: __________
Teléfono / Correo electrónico: __________
Representante legal: __________
Casilla judicial / correo para notificaciones: __________
RECLAMO DE IMPUGNACIÓN DE ACTA DE DETERMINACIÓN TRIBUTARIA
Yo, __________, en mi calidad de contribuyente / representante legal de __________, con RUC / CI No. __________, ante usted con el debido respeto comparezco y deduzco RECLAMO DE IMPUGNACIÓN del Acta de Determinación Tributaria que se indica a continuación, al amparo del artículo 115 del Código Tributario en concordancia con los artículos 87 al 95 y 115 al 128 del mismo cuerpo legal, con base en los siguientes:
I. ACTA DE DETERMINACIÓN IMPUGNADA
Tipo de acta: ☐ Acta de Determinación Definitiva ☐ Acta Borrador (en etapa de descargos)
Número del Acta: __________
Número de la Orden de Determinación: __________
Período fiscal auditado: __________ al __________
Tipo de tributo determinado: __________ (Impuesto a la Renta / IVA / ICE / ISD / otro)
Fecha de emisión del Acta: __ de __________ de 20__
Fecha de notificación al contribuyente: __ de __________ de 20__
Auditores tributarios que suscribieron el Acta: __________
Monto total determinado:
| Concepto | Valor (USD) | |---|---| | Impuesto determinado (glosa principal) | $__________ | | Intereses por mora (Art. 21 C.T.) | $__________ | | Multa por omisión / contravención (Art. 349 C.T.) | $__________ | | Recargo del 20% (Art. 90 C.T.) (si aplica) | $__________ | | TOTAL DETERMINADO | $__________ |
II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE DETERMINACIÓN
2.1. Inicio del proceso
Con fecha __ de __________ de 20__, el SRI notificó al contribuyente la Orden de Determinación No. __________, disponiendo el inicio del proceso de auditoría tributaria respecto del __________ (tipo de tributo) correspondiente al período __________.
2.2. Desarrollo del proceso de determinación
Durante el proceso de determinación se llevaron a cabo las siguientes actuaciones:
| Fecha | Actuación | Documento | |---|---|---| | __________ | Notificación de la Orden de Determinación | No. __________ | | __________ | Requerimiento de información No. __________ | — | | __________ | Entrega de información por el contribuyente | — | | __________ | Notificación del Acta Borrador | No. __________ | | __________ | Presentación de descargos por el contribuyente | — | | __________ | Notificación del Acta Definitiva (impugnada) | No. __________ |
2.3. Descargos presentados
El contribuyente presentó sus descargos al Acta Borrador el día __ de __________ de 20__, mediante escrito que fue admitido por la Administración Tributaria con fecha __________. Sin embargo, la Administración no los aceptó o los aceptó parcialmente, manteniendo las glosas por un monto de USD $__________.
III. GLOSAS IMPUGNADAS
Las siguientes glosas constantes en el Acta de Determinación No. __________ son impugnadas por el contribuyente:
GLOSA No. 1: __________
Monto de la glosa: USD $__________
Descripción de la glosa según el Acta: __________
Fundamento del SRI para la glosa: __________
Motivos de la impugnación:
El contribuyente impugna esta glosa por cuanto:
a) __________ — (fundamento fáctico)
b) __________ — (fundamento legal: Art. __ LORTI / Código Tributario / Reglamento)
c) Prueba de descargo: __________ (facturas / contratos / registros contables / declaraciones / informes)
GLOSA No. 2: __________
Monto de la glosa: USD $__________
Descripción de la glosa según el Acta: __________
Fundamento del SRI para la glosa: __________
Motivos de la impugnación:
a) __________
b) __________
c) Prueba de descargo: __________
GLOSA No. 3: __________
Monto de la glosa: USD $__________
(Continúe el detalle de las glosas adicionales en el mismo formato)
TOTAL DE GLOSAS IMPUGNADAS: USD $__________
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Código Tributario:
- Art. 87: Concepto de determinación tributaria.
- Art. 88: Modos de determinación — directa, presuntiva, mixta.
- Art. 89: Determinación por declaración.
- Art. 90: Determinación por el sujeto activo — acta de determinación y recargo del 20%.
- Art. 91: Determinación presuntiva — carácter excepcional.
- Art. 92: Parámetros para la determinación presuntiva.
- Art. 93: Determinación mixta.
- Art. 94: Caducidad de la facultad determinadora (3 o 6 años según el caso).
- Art. 95: Interrupción de la caducidad.
- Art. 115: Reclamo administrativo — derecho del contribuyente a impugnar actos determinativos.
- Art. 116: Requisitos del reclamo.
- Art. 117: Admisión a trámite.
- Art. 118: Irretroactividad del reclamo.
- Art. 119: Plazo para resolver.
- Art. 120: Efectos de la resolución.
- Art. 73: Principio de legalidad.
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI):
- Art. __: __________ (artículo que sustenta la deducibilidad / exención / tarifa / base imponible reclamada).
- Art. __: __________.
Reglamento para la Aplicación de la LORTI:
- Art. __: __________ (artículo del reglamento aplicable).
Resoluciones del SRI:
- **NAC-DGERCGC __________ — __________ (citar resoluciones interpretativas aplicables).
Constitución de la República:
- Art. 76, num. 7: Garantías del debido proceso — derecho a la defensa y a la debida motivación.
- Art. 300: Principios tributarios constitucionales.
V. CADUCIDAD DE LA FACULTAD DETERMINADORA (si aplica)
De conformidad con el artículo 94 del Código Tributario, la facultad determinadora de la Administración Tributaria caduca:
- En tres (3) años contados desde la fecha de presentación de la declaración respectiva.
- En seis (6) años cuando no se presentó la declaración o la misma fue fraudulenta.
En el presente caso, la declaración del __________ (tipo de tributo) del período __________ fue presentada el __ de __________ de 20__. La Orden de Determinación fue notificada el __ de __________ de 20__, es decir, __________ años después de la declaración.
(Si han transcurrido más de 3 o 6 años según el caso): La facultad determinadora del SRI ha caducado, por lo que el Acta de Determinación No. __________ adolece de nulidad, al haber sido emitida fuera del plazo legal.
VI. VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN (si aplica)
El proceso de determinación tributaria adolece de los siguientes vicios de procedimiento:
a) Falta de motivación del Acta (Art. 76, num. 7, lit. l) Constitución): El Acta de Determinación no contiene una motivación suficiente y razonada respecto de las glosas levantadas, limitándose a señalar __________, sin exponer los fundamentos de hecho y de derecho que sustenten las determinaciones realizadas.
b) Violación del derecho a la defensa: La Administración Tributaria no permitió al contribuyente acceder a __________ (documentos / información) que solicitó oportunamente, impidiendo el ejercicio efectivo de su derecho a presentar descargos.
c) Requerimientos de información fuera del plazo legal: Los requerimientos de información No. __________ fueron notificados fuera del plazo establecido en el artículo __ del Código Tributario / Reglamento.
d) Uso indebido de la determinación presuntiva (Art. 91 C.T.): La Administración aplicó métodos presuntivos sin que se cumplieran los requisitos del artículo 91 del Código Tributario, por cuanto el contribuyente contaba con contabilidad completa y registros suficientes.
PETICIÓN CONCRETA
Con los fundamentos expuestos, solicito a usted señor Director:
PRIMERO: Se admita a trámite el presente reclamo de impugnación del Acta de Determinación Tributaria No. __________.
SEGUNDO: Se deje sin efecto el Acta de Determinación Tributaria No. __________, de fecha __ de __________ de 20__, por adolecer de los vicios e ilegalidades descritos en el cuerpo de este escrito.
TERCERO: En subsidio, se acepten parcialmente las impugnaciones presentadas y se eliminen las glosas No. __________, por un valor de USD $__________, reliquidando el impuesto con las correcciones pertinentes.
CUARTO: Se declare la caducidad de la facultad determinadora respecto de las glosas correspondientes al período __________ (si aplica).
QUINTO: Se reconozca la deducibilidad de los gastos y costos impugnados conforme a los artículos __ de la LORTI y __ del Reglamento de Aplicación.
SEXTO: En caso de que el contribuyente haya realizado pagos previos sobre las glosas impugnadas, se ordene la devolución de los mismos con los intereses legales correspondientes conforme al artículo 305 del Código Tributario.
ANUNCIO DE MEDIOS DE PRUEBA
El contribuyente anuncia y adjunta los siguientes medios de prueba:
Prueba documental:
- Copia del Acta de Determinación Tributaria No. __________.
- Copia de la Orden de Determinación No. __________.
- Declaraciones tributarias de los períodos auditados.
- Libros contables: diario, mayor, inventarios y balances.
- Comprobantes de venta y retención relacionados con las glosas impugnadas.
- Contratos, escrituras, acuerdos que justifican las operaciones cuestionadas.
- Informes técnicos / peritajes contables adjuntos.
- Escritos de descargos presentados previamente.
- __________ (otros documentos pertinentes).
Prueba pericial: Se solicita la designación de un perito contador / auditor para que emita un informe técnico sobre la razonabilidad de los registros contables y la corrección del tratamiento tributario dado a las operaciones impugnadas.
NOTIFICACIONES
Solicito que todas las comunicaciones relacionadas con este trámite sean enviadas a:
Dirección: __________
Correo electrónico: __________
Abogado patrocinador: Ab. / Dr. __________
Matrícula del Foro No.: __________
Atentamente,
Firma del contribuyente / representante legal: __________________________
Nombre completo: __________________________
CI / RUC: __________________________
Firma del abogado patrocinador: __________________________
Nombre: __________________________
Matrícula del Foro No.: __________________________
Plantilla elaborada conforme al Código Tributario del Ecuador, Art. 115 y Arts. 87–95, y la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI). Actualizada a marzo de 2026. Para uso orientativo; consulte con un abogado tributarista para su caso específico.